Para registrar el Kit Digital, es necesario contabilizar la subvención en una cuenta específica y los gastos asociados en las cuentas correspondientes. Las facturas de los proveedores incluirán el IVA, que debe ser declarado y deducido trimestralmente, cumpliendo así con las obligaciones fiscales y contables. En este artículo, te mostramos cómo gestionarlo correctamente. Requisitos contables y obligaciones fiscalesLas empresas que reciben la ayuda del Kit Digital deben cumplir ciertos requisitos contables y obligaciones fiscales: Requisitos contables: Es necesario utilizar cuentas contables específicas para registrar todas las transacciones relacionadas con la ayuda y conservar la documentación durante al menos cuatro años. También se debe llevar un registro de las inversiones, indicando fecha e importe. Obligaciones fiscales: Se debe declarar la subvención en el Impuesto sobre Sociedades o en el IRPF, ya que se considera un ingreso fiscal. Además, se debe aplicar el IVA correspondiente a las facturas de los proveedores, aunque este luego se deduzca como un gasto. También es necesario justificar la inversión ante la administración pública.
Cuentas y asientos contables para el Kit DigitalEl registro del Kit Digital sigue las normas generales para las subvenciones. Las cuentas y asientos contables más relevantes son: Cuentas contables: - 130: Para subvenciones destinadas a la adquisición de inmovilizados.
- 132: Para otras subvenciones y programas que generan gastos futuros.
- 4708: Para registrar créditos con Hacienda por subvenciones.
- 4758: Para registrar deudas con Hacienda por subvenciones a reintegrar.
- 746: Para imputar ingresos derivados de subvenciones según la amortización.
Asientos contables: - Recepción del bono Kit Digital:
- Debe: 4708 – Hacienda Pública, deudora por subvenciones concedidas.
- Haber: 130 – Subvenciones oficiales de capital.
- Contratación del proveedor:
- Debe: 201 o 209 – Inmovilizado intangible o cuenta de gastos.
- Debe: 472 – Hacienda Pública, IVA Soportado.
- Haber: 400 – Proveedores (incluyendo IVA).
- Pago a proveedores:
- Debe: 400 – Proveedores.
- Debe: 4708 – Hacienda Pública, deudora por subvenciones concedidas.
- Haber: 572 – Bancos.
- Incluir la subvención en resultados:
- Debe: 130 – Subvenciones oficiales de capital.
- Haber: 746 – Subvenciones, donaciones y legados de capital.
Pago del Kit DigitalEl pago se realiza por transferencia bancaria en dos fases. La primera, correspondiente al 70% del bono, se efectúa tras la implementación y justificación de la solución digital, salvo en gestión de redes sociales, donde se abona el 40%. La segunda fase abona el 30% restante al finalizar los 12 meses de servicio, o el 60% en redes sociales. Presentación del IVA en el Kit DigitalEl Kit Digital cubre el 100% del coste de las soluciones contratadas, pero no el IVA, que se deduce en la declaración trimestral de IVA (modelo 303) como gasto soportado. Pasos para registrar el Kit Digital- Recepción de la factura: Registrar la factura en el libro de facturas.
- Alta del inmovilizado: Registrar el inmovilizado adquirido.
- Amortización del inmovilizado.
- Imputación de la subvención a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Consideraciones para pymes y autónomosConsultar con un asesor contable en caso de duda es siempre recomendable.
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